Furgon 5 asientos , Registro del Grone.

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Re: Furgon 5 asientos , Registro del Grone.

Notapor Rudolf97 » Lun, 26 Ago 2013, 20:16

maryano68 escribió:1) La cédula verde de mi furgón dice uso particular, ? puedo cargar el furgon con 300 kilos de equipaje o llevar mi lavarropas de un lado a otro sin que me rompan las tarlipes?


Sí.

maryano68 escribió:2) repito es uso particular. ¿necesito algún tipo de verificación de ruta o policial si llevo mi lavarropas hasta mar del plata?


No.

maryano68 escribió:3) ¿imagino que tengo que llevar encima fotocopia autentica del titulo?


No.

maryano68 escribió:4) que diferencia hay en ir a mar del plata y llevar un equipaje de ropa o 500 ladrillos o un koinor, si mi furgon es de uso particular. Esto lo digo , por que hay quienes aseveran que no podes tirar ni una caja de herramientas en el furgón.


Uso particular es uso particular. Lo que jamás podés hacer es poner un calco de nada por fuera.

maryano68 escribió:5) si es uso particular y la cargo con 400 kilos y la saco a la ruta? ?necesito la vtv de ruta o como cuernos se llame?


De momento no necesitás vtv de nada porque es 0km, luego harás la vtv provincial bajo declaración jurada siendo que es furgón y que su uso es particular.

maryano68 escribió:6) me parecería loco que una break cargue cosas y que un furgón no?


Si no es mercadería comercial bajo utilización de la kangoo como transporte cargá nomás.

maryano68 escribió:6) cual es el limite para un policia en discernir si es equipaje o carga de trabajo, por que si pongo 5 bolsos , puede aducir que vendo bolsos.


La ley es clara y el beneficio de la duda es siempre en favor del conductor.
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Rudolf97
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Re: Furgon 5 asientos , Registro del Grone.

Notapor gabrielsanz » Lun, 26 Ago 2013, 20:24

SEGURO QUE TODO LO QUE DIJERON ES VERDAD, TE CUENTO UNA TRAMPITA QUE HICE YO. FUI DE UN AMIGO TAPICERO Y LE PEDI UNA FACTURA POR COLOCACION DE ASIENTOS, SAQUE TRES FOTOS CON LA PUERTA ABIERTA Y FUI AVERIFICAR A CAPITAL POLOCIA FEDERAL CON LAS TRES FOTOS, ME VERIFICARON Y SELLARON LAS TRES FOTOS, DESPUÉS FUI AL REGISTRO Y CON ESO MAS UN SELLADO LA PASE A FAMILIAR ( LO DICE EN LA CEDULA) AHORA CUANDO ME PARAN VOY EN UNA KANGOO FAMILIAR .PITO CATALAN A LAS POLI GENDARMERIA Y DEMAS CHORROS QUE TE COIMEAN. OJALA TE SIRVA
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Re: Furgon 5 asientos , Registro del Grone.

Notapor homahawk » Mar, 27 Ago 2013, 10:35

Para el oficial que te para, sea de la fuerza que sea, que puede o no tener un mal dia, si tenes un furgon, el no esta en condiciones de evaluar si justo ese dia o todos los dias se le da uso particular cuando todos los demas dias se usa como flete o traslado de mercaderias, reparto o transporte de herramientas por servicios (ejemplo). Uno tiene un vehiculo que por sus caracteristicas debe cumplir con los requisitos de vehiculo comercial, si uno no le da ese uso y el uso es particular ya es un tema particular de cada usuario.Pero que uno no le de uso comercial no quita que por esas caracteristicas sea obligatorio el cumplimiento de los parametros de vehiculo comercial. Ahora si el oficial ya te coimea o quiere un adorno ya es un garca pero tambien teniendo en cuenta que si llevas todo en regla no tiene porque pedirte nada, cuando hay que arreglar al oficial es porque algo que deberiamos tener no lo tenemos. Ojo que si no lo arreglas tambien tiene la autoridad para remitirte el vehiculo y a pesar de ser garca tb te deja seguir porque le convino apesar de seguir estando mal su proceder
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Re: Furgon 5 asientos , Registro del Grone.

Notapor loquevenga » Mié, 28 Ago 2013, 00:03

Providencia Operativa del Directorio del RUTA, Acta 13 del 3/6/04 (pto. 2.d)
Ante el persistente problema que ha originado la fiscalización de unidades de carga de menor porte, se
hace necesario aclarar algunas cuestiones, dentro del marco de la Ley de Transporte de Carga por Carretera
24.653, a fin de evitar ocasionarle problemas a una gran cantidad de ciudadanos que han elegido ciertos tipo de
vehículos como uso particular y además para no entorpecer las tareas de control con situaciones conflictivas que
no se pueden resolver en el momento. Es indudable que la ley ha otorgado al Estado de una herramienta
fundamental, el RUTA, para que le provea información sobre la movilidad de la producción, tanto sobre
mercancías o residuos, como sobre servicios. No interesa a estos fines tener datos sobre el movimiento que
efectúan los particulares en sus acciones privadas. Por otra parte es un derecho inalienable de los ciudadanos, de
tener un automóvil o una camioneta para su uso particular, para cargar y trasladar sus pertenencias libremente, por
lo que este tema debe atenderse con sumo cuidado, a fin de no perjudicar ni molestar a quienes están ajenos al
negocio del transporte.
No es el mismo caso de los camiones, pues no es común, ni lógico que alguien tenga un
camión para menesteres privados, ni es tampoco el uso apropiado de estas grandes unidades, como sí pueden serlo
los pequeños vehículos de carga (utilitarios, furgoncitos, ‘doble-cabinas’, camionetas en general).
Es cierto también que, en sentido inverso, muchos transportistas y empresas utilizan estas unidades de menor
porte para realizar ‘transporte’ o ‘servicios de transporte’ (para utilizar la misma terminología de la Ley 24.653),
que sí quedan sometidas a dicha ley y por lo tanto includas en el RUTA. En consecuencia cuando una camioneta,
que supere los 700 kg. de capacidad de carga, está a nombre de un transportista, individual o empresa, debe inscri-
birse. Estos controles son los que, por ahora, pueden realizarse en forma objetiva durante la fiscalización en vía
pública. Luego habrá otras formas complementarias, como el cruzamiento con inscriptos en la DGI o en otros
tributos, etc, datos que podrán utilizarse cuando se conecten los bancos informáticos respectivos y se crucen sus
contenidos.
Conforme lo expuesto y de acuerdo con las facultades que emanan de la Res. ST 74/02,
El DIRECTORIO DEL RUTA INTERPRETA:
1)
Que las camionetas (según definición Art. 5º Ley 24.449: vehículo de carga de hasta 3,5 toneladas de peso total,
incluyendo la carga autorizada) que sean para uso particular, no tienen obligación de inscribirse en el RUTA, siempre
que sean utilizadas por el titular, o personas legítimamente autorizadas, y no encuadren en alguna de las circunstancias de
los numerales siguientes.
2)
Que tampoco están obligados a inscribirse (Art 5 Dto 1035/02) ninguno de los vehículos de carga que posean una
capacidad de carga inferior a los 700 kg (la capacidad de carga autorizada es la indica-da por el fabricante para el modelo).
Si prestan servicios de transporte pueden hacerlo voluntariamente
3)
Que realizan servicios de transporte, las unidades descriptas en el # 1 que pertenezcan a empresas o desarrollen actos
de comercio evidentes, como ‘taxiflet’ o distribución de mercaderías o cuenten con publicidad que anuncie
indiscutiblemente alguna de estas situaciones.
4)
Que en la misma situación están los vehículos conducidos por un chofer en relación de dependencia, con del titular del
mismo o con la empresa para la que presta servicio la unidad
5)
Que, sin perjuicio de los casos descriptos previamente, una de las formas de acreditar el ‘uso particular’, es que tenga
esta leyenda en la Cédula de Identificación del Vehículo.
6)
Que los casos excepcionales o de incertidumbre en la interpretación que se planteen, serán resueltos por el Directorio, o
en caso de urgencia por la Presidencia, ad referéndum del mismo. Pero siempre se otorgará el beneficio de la duda,
cuando ésta surja durante los controles, considerándose, prima facie, a las unidades involucradas ‘de uso particular’.

7)
La doctrina que se vaya formando respecto de los casos dudosos resueltos, que tengan cierta generalidad, se difundirán
mediante Circulares RUTA.
8)
Difúndase la presente como CIRCULAR RUTA Nº 13/04 (Acta 12 pto. 2.b.).


Y tambien:

VEHICULOS EXCEPTUADOS DE FISCALIZACION POR LA CNRT
CATEGORIA ----- MARCA ----- MODELO ----- AÑO

PICK-UP DOBLE CABINA TODAS TODOS TODOS
PICK-UP DERIVADAS DE AUTOMÓVILES TODAS TODOS TODOS
FURGONES DERIVADOS DE AUTOMÓVILES TODAS TODOS TODOS
CAMIONETAS TODO TERRENO TIPO AUTOM TODAS TODOS TODOS
UNIDAD ANTIGUA ASIA TOWNER FURGON TODOS
UNIDAD ANTIGUA ASIA TOWNER PICK-UP TODOS
UNIDAD ANTIGUA IME RASTROJERO 1952-1969
UNIDAD ANTIGUA IME RASTROJERO 1969-1974
UNIDAD ANTIGUA CITROËN FURGON 1969-1979
UNIDAD ANTIGUA FORD FALCON RANCHERO 1973-1991
UNIDAD ANTIGUA FORD F-100 1959-1986
UNIDAD ANTIGUA IES GRINGA 1987-1990
UNIDAD ANTIGUA IKA JEEP GLADIATOR X 1963-1965
UNIDAD ANTIGUA PEUGEOT PICK-UP 504 1973-1979
UNIDAD ANTIGUA SEAT INCA TODOS
UNIDAD ANTIGUA RASTROJERO PICK-UP TODOS
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Otros: Si no podes mantenerla, NO LA COMPRES, segui usando la SUBE

Re: Furgon 5 asientos , Registro del Grone.

Notapor ggalonso » Sab, 31 Ago 2013, 00:39

Gracias Loquevenga: tengo uno de eso tan controvertidos furgones y tu comentario ilumina con buena luz a estas tinieblas administrativas.
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Motor: 1.5 dci (diesel)
Año: 2013
Otros: furgón 5 asientos, 5 vidrios, 3 radiadores

Re: Furgon 5 asientos , Registro del Grone.

Notapor loquevenga » Sab, 31 Ago 2013, 19:02

ggalonso escribió:Gracias Loquevenga: tengo uno de eso tan controvertidos furgones y tu comentario ilumina con buena luz a estas tinieblas administrativas.

:D :D
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Re: Furgon 5 asientos , Registro del Grone.

Notapor maryano68 » Jue, 03 Oct 2013, 01:28

Jajaja perdon por la tardanza Nestor, ni te imaginas como esta Marcos de Avellaneda jajajajajaja pozos y cacos. saludos.
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Re: Furgon 5 asientos , Registro del Grone.

Notapor maryano68 » Jue, 03 Oct 2013, 01:34

gracias a todos lo que me contestaron. igual tengo 3 años para verificar. creo que ya habra legislacion mas clara. Otra cosa , radique en capital y el hdp de mauricio me cobro el semestre entero, asi que paso data furgon 5 asientos 850 pesos el semestre. Ahhhh no le pienso poner ni un calco de nada a la kangucha. y prometo contar como anda todo en las rutas. 2 meses que la saque de 95 se fue a 103500 pais de locos este. Saludos cordiales
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Re: Furgon 5 asientos , Registro del Grone.

Notapor siscrre » Dom, 08 Dic 2013, 18:45

Hola les cuento mi experiencia tengo un furgon 1.6 16v 2011 lo compre cero le puse los 5 asientos le puse vidrios completos en el techo las barras para cargar el kayak viaje por la mitad del pais desde Resistencia chaco hasta Jachal San juan ;pasando por Santiago del Estero ,Catamarca La Rioja Cordoba Enter Rio Santa FE Mendoza Corrientes Formosa MIsiones es decir Por medio pais - me hiceron dos multas Bien Hechas no tenia la luz baja en ruta a las 14hs esta bien es ley- lo demas llevo todo los papeles al dia carnet, cedula verde y seguro y DNI es lo unico que me pidieron en todos los lugares que me pararon no tengo la cinta refractaria ni el circulo tenia la copia de una resolucion creo que es la 14 de transporte en donde dice que es vehiculo particular no esta obligado a pagar la ley moyano me paro las policias de todas las provincias que pase gendarmeria y los viales nunca me objetaron el modelo y en la cedula dice furgon a todo esto me parece que en Buenos Aires son los que inchan las Bo. asi que muchachos no tantos dramas y a disfrutar de lo que tienen saludos a todos
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Motor: 1.6 16v (nafta)
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Re: Furgon 5 asientos , Registro del Grone.

Notapor carlix » Dom, 09 Oct 2016, 23:53

Hola a todos, gracias x compartir sus vivencias
Pregunto: a mi furgon le pongo asientos, la paso a familiar voy a la vtv
Debo pagarle a un ingeniero mecanico? Renault cobra $2800 x eso y 13mil x los asientos, que en warnes me salen 6mil
Q me aconsejan? Soy nuevita en el mundo de la kangoo
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Vehículo: Kangoo2
Modelo: Furgón 5A
Motor: 1.6 16v (nafta)
Año: 2016

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